El Diario Oficial de la Federación (DOF) pública DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud.
En el decreto, se establece que el Instituto Nacional del Bienestar (Insabi) tendrá el objetivo de proveer y garantizar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social, así como impulsar, en coordinación con la Secretaría de Salud en su calidad de órgano rector, acciones orientadas a lograr una adecuada integración y articulación de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.
Aquí se publicó el decreto
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5580430&fecha=29/11/2019
El decreto también establece que, conforme a las prioridades del Sistema Nacional de Salud, se garantizará la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud, particularmente para la atención integral de la población que se encuentra en el país que no cuenta con seguridad social.
Instituto de Salud para el Bienestar. Una realidad el artículo 4. Garantizar el derecho a la salud de TODAS y TODOS los que vivimos en México. La 4T al servicio de la gente.
Lic. Andrés Manuel López Obrador, Presidente de México. https://t.co/n3667Efvqe— Juan Antonio Ferrer (@Juanferrer62) November 29, 2019
En cuanto a la organización y administración de los servicios de salud, la nueva normatividad señala que se definirán criterios de regionalización y de escalonamiento de los servicios para lograr progresivamente la universalización del acceso a servicios de salud integrales.
Y que los recursos humanos, financieros y materiales con que cuente la Comisión Nacional de Protección Social en Salud serán transferidos al Insabi, en términos de las disposiciones aplicables.