La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó un recurso contra el proceso de elección por parte del Pleno del Senado de la titular de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), Rosario Piedra Ibarra, pues determinó que el acto no tiene naturaleza electoral.

En sesión pública, las magistradas y los magistrados señalaron lo anterior al considerar que no se actualiza ninguna de las hipótesis de procedencia del juicio para la protección de los derechos políticos electorales del demandante.

Además los juicios y recursos del sistema de medios de impugnación son improcedentes para analizar ese tipo de actos, “el cual es formal y materialmente de carácter parlamentario, y no es aplicable la justicia por la vía electoral”.

Esto luego de que un particular impugnó la elección del 7 de noviembre realizada por el Pleno del Senado por la que se designó a María del Rosario Piedra Ibarra como ombudsperson nacional y que derivó en la toma de protesta en la Cámara alta el 12 de noviembre.

El particular y demandante consideró que hubo vicios en el procedimiento para dicho nombramiento, “aduciendo que se validó indebidamente el cómputo respectivo”, destacó el comunicado del TEPJF.

La demanda de juicio para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano se presentó el 11 de noviembre ante la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Senado, y fue turnada a la Sala Superior.

Esto, debido a que los juicios y recursos del sistema de medios de impugnación en materia electoral son improcedentes para analizar este tipo de actos, el cual es formal y materialmente de carácter parlamentario, y no es aplicable la justicia por la vía electoral. (Asunto: SUP-JDC-1790/2019)

 

Por chiquenito_2

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